Son tratamientos de desinfección del aire o superficies que se realizan en espacios públicos o a terceros.
Son biocidas muy tóxicos o cancerígenos, mutágenos y tóxicos para la reproducción (CMRs) los que están clasificados con algunas de las siguientes peligrosidades:
Las empresas que realizan servicios a terceros o servicios corporativos de desinfecciones en espacios públicos deben estar inscritas en el Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Plaguicidas (ROESP) como empresas de servicios biocidas.
Sin embargo, de acuerdo con el criterio establecido por el Ministerio de Sanidad, no es necesario inscribir en el ROESP las empresas de servicios a terceros de limpieza que utilicen desinfectantes registrados y autorizados por el Ministerio de Sanidad para uso profesional y como complemento a sus actividades de limpieza. Estas empresas no pueden utilizar productos autorizados para uso profesional especializado ni aparatos generadores de ozono.
Tienen que cumplir los mismos requisitos que las empresas de servicios biocidas (ver documento ¿Qué deben cumplir las empresas inscritas en el ROESP?)
Actualmente, los métodos aprobados para la eliminación del virus SARS-CoV-2 incluyen los desinfectantes y el incremento de la temperatura.
Hay evidencia de que los coronavirus se inactivan en contacto con distintos productos desinfectantes. Los productos desinfectantes que se utilicen para la eliminación del virus SARS-CoV-2 deben estar inscritos en el Registro Oficial de plaguicidas no agrícolas (ROP) o al Registro Oficial de Biocidas (ROB), del Ministerio de Sanidad para el Tipo de Producto 2 (TP 2, desinfectantes de uso ambiental) o para el Tipo de Producto 4 (TP4, productos de desinfección de uso en el ámbito alimentario) o constar en el listado de viricidas autoritzados por el Ministerio de Sanidad.
Los desinfectantes autorizados pueden ser aplicados por diversas técnicas. Algunos están destinados a realizar una desinfección de las superficies por contacto mediante técnicas de aplicación de pulverización, vaporización, inmersión, uso de bayetas, etc. Otros están indicados para realizar desinfecciones aéreas por nebulización. Todos ellos deben utilizarse siguiendo estrictamente las condiciones de uso que figuren en la resolución de inscripción de los productos en dichos registros, en sus etiquetas y fichas de datos de seguridad. Debe tenerse en cuenta que algunos de ellos requieren, entre otros requisitos, y medidas de precaución: ser aplicados en ausencia de personas y con plazos de seguridad.
La lejía se puede utilizar también aunque no figure en el Registro Oficial de Biocidas. Se puede utilizar una concentración de hipoclorito sódico al 0,5% durante 1 minuto o bien al 0,1% durante 5 minutos.
Para obtener una solución al 0.5% se puede hacer una dilución 1:10 de una lejía habitual que tiene una concentración en torno al 5%, mezclando 100 ml de lejía en 1 litro de agua, o bien poniendo 1 parte de lejía y 9 partes de agua.
Para obtener una solución al 0.1% se puede hacer una dilución 1:50 de una lejía habitual que tiene una concentración en torno al 5%, mezclando 20 ml de lejía en 1 litro de agua, o bien poniendo 1 parte de lejía y 49 partes de agua.
Estas soluciones de lejías deben prepararse a diario y dejarse actuar durante unos minutos para asegurar una desinfección eficaz.
La aplicación de vapor de agua puede ser útil y eficaz para algunas superficies y artículos como las tapicerías. Los estudios han mostrado que los coronavirus se inactivan a una temperatura de 56ºC con un tiempo de exposición de entre 52 y 90 minutos y a partir de 70ºC, con una exposición entre 5 minutos y 30 minutos. La aplicación de vapor de agua mediante vaporillas pueden producir temperaturas superiores a 100ºC en la superficie aplicada en pocos minutos.
Para más información:
L’ozó generat a partir de l’oxigen és un biocida generat in situ.
L’ozó ha estat notificat en el marc del Reglament europeu en matèria de comercialització i ús de biocides i està sent avaluat per la Unió Europea com a biocida TP 2 i TP 4, però encara no està aprovat i de moment no existeix una normativa específica que reguli el seu ús.
Atès que la substància ha estat notificada a la UE i es troba en procés d’avaluació, entre d’altres finalitats, per a la desinfecció de l’aire i de les superfícies, entenem que té activitat desinfectant per a aquest usos. Tanmateix, l’ús de l’ozó com a desinfectant planteja dubtes principalment sobre les dosis necessàries per garantir la seva eficàcia en front al coronavirus i els efectes sobre la salut que aquestes dosis poden implicar.
Per aquest motiu, fins que els expedients d’avaluació de la UE no finalitzin i es reguli l’ús de l’ozó com a desinfectant, els responsables de la posada al mercat dels aparells generadors d’ozó són els propis fabricants i ho fan sota la seva responsabilitat i amb el requisit d’haver-ho notificat al Ministeri de Sanitat d’acord a la disposició transitòria segona del RD 1054/2002. Aquesta notificació no implica una conformitat per part del Ministeri de Sanitat.
Així mateix, és responsabilitat de les empreses assegurar que l’usuari és capaç d’utilitzar correctament el producte, d’una manera segura i eficaç.
Per mes informació:
L’ozó (núm. CAS 10028-15-6) és una substància que de moment no disposa d’una classificació harmonitzada de l’Agència Europea de Productes Químics (ECHA). Tanmateix, la classificació que han notificat els fabricants i importadors és la següent: